2026LE-000016-0000900006 · SICOP 20260902149
Renovación del soporte al licenciamiento para la Plataforma Oracle WebLogic Institucional
Universidad de Costa Rica
Universidad de Costa Rica está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡64,6 millones. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa el 07/10/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡64,6 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó17/09/2026 15:42 · hace 24 días
- Límite para 22/09/2026 23:59 · hace 19 días
- Límite para 22/09/2026 23:59 · hace 19 días
- Cierre de ofertas07/10/2026 15:00 · hace 4 días
- de ofertas07/10/2026 15:00 · hace 4 días
- (plazo máximo)≈ 16/11/2026 · en 36 días
El cartel fue modificado (2 veces). Qué cambió:
- Condiciones generales: texto modificado
Contexto
- Universidad de Costa Rica adjudicó ₡22 659,3 millones en 928 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Licencia de Software para Servidor de Aplicaciones, Version 14, Vigencia Perpetua1 c/u · ₡64 563 356,041 c/u₡64 563 356,04
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡54,9 millones – ₡64,6 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 4 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Oracle de Centroamerica | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Requerimientos y Condiciones Especiales
- Documentación imprescindible: Declaración Jurada
El oferente debe aportar la siguiente declaración jurada indicando que:
- El oferente cuenta con personal técnico certificado, que pueda brindar soporte técnico
- El fabricante respalda el tiempo de garantía que el oferente proporciona en el software ofertado.
- El oferente está adscrito a un esquema de soporte y servicio directamente con el fabricante.
- Cuenta con un sistema informatizado en línea debidamente constituido, en el cual debe registrar toda solicitud de servicios, donde la Universidad pueda hacer sus reportes y se le asigne un responsable.
- Documentación imprescindible: Certificaciones y documentación
- Certificado de distribuidor autorizado directo del fabricante
- El oferente debe aportar copia del certificado vigente como DISTRIBUIDOR AUTORIZADO DIRECTO del fabricante, que asegure la efectiva “Garantía de Fábrica” del software ofrecido. El fabricante debe indicar el conocimiento y experiencia en productos y servicios de la empresa, adquiridos a través de certificaciones técnicas y comerciales, así como el grado de compromiso que existe con la empresa como distribuidor autorizado.
- Esta certificación debe ser dirigida a la Universidad de Costa Rica o en su defecto a cualquier institución del Estado e incluir la versión del software que es ofrecido, con una antigüedad no mayor de 3 meses de emitida.
- No se aceptan certificaciones generadas por vendedores o encargados de cuenta.
El oferente debe entregar documentación que demuestre que cuenta con al menos 2 técnicos certificados en el software.
- Documentación y servicios imprescindibles
- El oferente debe entregar documentación que demuestre que cuenta con personal técnico certificado, que pueda brindar soporte técnico presencial o remoto en un plazo menor a las 24 horas.
- La garantía mínima del software deberá ser de 398 días naturales, comprendidos entre el 30 de diciembre de 2026 y el 1 de febrero de 2028, inclusive.
- Especificar en la oferta el periodo de garantía del software y los servicios brindados con la adquisición de la herramienta.
- Especificar los beneficios adicionales que se obtendrán tanto por la suscripción de, así como cualquier beneficio para la educación.
- Lista de Clientes
Una lista de por lo menos 3 clientes que hayan adquirido software igual o similar al solicitado durante los últimos 24 (veinticuatro) meses, de la marca ofrecida. Esta información debe completarse según el siguiente cuadro:
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Institución o Empresa |
Contacto * |
Equipo Marca y Modelo |
Cantidad |
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* En el espacio para el contacto debe incluirse la persona para constatar la información, este debe incluir teléfono o correo electrónico.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
1. Especificaciones o requerimientos técnicos mínimos del renglón
Renglón único: Renovación del soporte al licenciamiento para la Plataforma Oracle WebLogic Institucional.
|
Producto |
Cantidad |
Tipo de licencia |
Fecha inicio |
Fecha finalización |
|
Oracle WebLogic Server Management Pack |
9 |
Full use |
30 de diciembre 2026 |
1 de febrero 2028 |
|
Oracle WebLogic Suite |
9 |
Full use |
30 de diciembre 2026 |
1 de febrero 2028 |
Especificaciones o requerimientos técnicos mínimos del renglón:
Renglón único: Renovación del soporte al licenciamiento de la Plataforma Oracle WebLogic Institucional, compuesta por nueve (9) licencias Oracle WebLogic Suite y nueve (9) licencias Oracle WebLogic Server Management Pack, asociadas al contrato de soporte n° 6240558.
- La renovación deberá cubrir un período de 398 días naturales, comprendido entre el 30 de diciembre de 2026 y el 1 de febrero de 2028, inclusive.
- Durante la vigencia de la contratación, los funcionarios autorizados del Centro de Informática que dispongan de cuentas en Oracle Support deberán mantener acceso a los parches, actualizaciones y demás recursos de soporte correspondientes a los productos incluidos en la contratación.
- La Universidad deberá disponer del soporte técnico en línea del fabricante, incluida la posibilidad de abrir y dar seguimiento a casos relacionados con el funcionamiento de los productos incluidos en la contratación.
Características específicas:
Versión: WebLogic 14 o superior
Idioma: Español / Inglés
Sistema Operativo: Linux
Vigencia: trescientos noventa y ocho (398) días naturales comprendidos entre el 30 de diciembre de 2026 y el 1 de febrero de 2028.
Descripción de los puntos de control y procedimientos definidos para el control de la calidad:
El personal del Área de Gestión de Servicios (AGS) verificará que la renovación del soporte al licenciamiento se encuentre correctamente aplicada a las nueve (9) licencias Oracle WebLogic Suite y las nueve (9) licencias Oracle WebLogic Server Management Pack objeto de la contratación.
Para la recepción a satisfacción, se comprobará que las licencias mantengan acceso a los servicios de soporte del fabricante, incluyendo la disponibilidad de parches, actualizaciones y apertura de casos mediante Oracle Support, así como que el período de vigencia registrado corresponda al comprendido entre el 30 de diciembre de 2026 y el 1 de febrero de 2028, inclusive.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. CONDICIONES INVARIABLES
- Vigencia de las ofertas
Las ofertas deberán tener una vigencia de 45 días hábiles a partir de la fecha de apertura de las mismas. (Ver plazo para la presentación de ofertas, no puede el plazo de vigencia superar el doble del plazo que se confirió para la presentación de las ofertas).
- Plazo de adjudicación
La administración podrá tomar hasta 27 días hábiles para realizar la adjudicación, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas, prorrogable por un plazo igual en casos debidamente justificados.
- Forma de adjudicación
La Universidad de Costa Rica se reserva el derecho de adjudicar, en forma total o parcial a un solo oferente o de declarar desierto el concurso.
Se adjudicará aquella oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con el apartado “Evaluación de las ofertas”.
- Plazo de entrega
20 días naturales. El adjudicatario debe estar en plena capacidad para cumplir con el plazo indicado y así lo hará saber en su oferta.
En caso de indicar un plazo de entrega menor al solicitado por la administración, este será el que rija en caso de resultar adjudicatario.
Para ambos casos el plazo de entrega se contará a partir del día siguiente hábil contados a partir de la emisión de la orden de compra.
- Factores de Calificación
100% precio.
- Precio
Los oferentes podrán presentar sus cotizaciones en colones o dólares, con el desglose de tributos correspondiente y todo de acuerdo al artículo 98 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Para esta contratación y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 inciso b) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, se establecen los siguientes rangos de tolerancia
|
Rango mínimo |
Rango máximo |
|
-20% del valor estimado |
+20% del valor estimado |
- PRECIO Y ESTRUCTURA DE COSTOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 del RLGCP, todo oferente tiene la obligación de presentar la estructura del precio tanto en valores absolutos como porcentuales. Para la presente licitación se establece la siguiente plantilla en la que se debe agregar cada línea en la que se presente una oferta, indicando el porcentaje de ponderación de cada componente dentro del precio total y el monto correspondiente.
Instrucciones de llenado:
- a) La columna “% Ponderación” debe sumar 100 %.
- b) La columna “Monto (₡ / $ u otra )” debe coincidir con el precio total ofertado para la línea correspondiente.
- c) Los montos deben incluir todos los costos, cargas, utilidades e impuestos aplicables, conforme a la normativa vigente y lo indicado en SICOP. Impuestos por separado, en caso de no indicarse se presume que están incluidos; así como indicar si no le afecta el impuesto por el tipo de bien.
- d) Si la oferta se presenta en moneda extranjera, utilice el signo correspondiente y observe lo dispuesto en este proceso respecto a tipo de cambio y pagos.
- e) Cuando existan subcontrataciones, refleje su costo en el renglón respectivo y asegure consistencia con lo declarado en su oferta técnica y administrativa.
|
Componente |
% Ponderación |
Monto (₡ / $) |
|
Mano de obra directa |
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Costos directos |
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Mano de obra indirecta |
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Costos Indirectos |
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|
*Imprevistos (PARA BIENES NO APLICA) |
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Utilidad |
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Total |
100% |
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|
IVA |
2% |
* SE RECUERDA A LOS POTENCIALES OFERENTES QUE LA ÚNICA ESTRUCTURA DE PRECIO VÁLIDA ES LA SUMINISTRADA POR LA ADMINISTRACIÓN EN ESTE PLIEGO DE CONDICIONES. POR LO TANTO, LOS PARTICIPANTES DEBERÁN DESGLOSAR CADA ELEMENTO DEL PRECIO SEGÚN DICHA ESTRUCTURA, GARANTIZANDO ASÍ LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EN IGUALDAD DE CONDICIONES.
- Fórmula de revisión de precios
Para realizar la revisión de precios, se utilizará la fórmula matemática establecida en el artículo 51 del Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, la cual se muestra a continuación:
En donde,
Rpc: Representa el monto de la revisión del precio unitario contractual para cada línea o renglón de pago en un mes calendario específico, conforme a la moneda ofertada.
PC: Representa el monto del precio unitario contractual de la línea o del renglón de pago.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de mano de obra, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra directa.
Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
: Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de insumos, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos directos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
: Representa la ponderación en valor porcentual de los costos por subcontrataciones, multiplicada por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), respectivo del país de origen del costo. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del IPC de un mes calendario específico entre el valor del IPC del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
El valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
: Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de mano de obra, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra indirecta. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
: Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de insumos, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos indirectos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la
presentación de la oferta y restarle la unidad.
Para efectos de la aplicación de la fórmula, cada ponderación en valor porcentual de los costos deberá ser expresada en forma decimal con aproximación a la cifra diezmilésima, esto es que la cifra numérica tendrá cuatro dígitos después de la coma.
Índices de precio utilizables
De conformidad con el Capítulo II del Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios (artículos del 8 al 14), los oferentes deberán aportar el detalle de los índices de precios representativos para cada uno de los elementos de la estructura previamente solicitada, con los siguientes parámetros:
- El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
- Ente público competente que divulga el índice
- El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en donde se accede a la información aportada.
Para los índices de precios en moneda extranjera:
- El país de origen y unidad monetaria de los costos.
- El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios oficial de los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
- La periodicidad con que se determina el valor de cada índice, d) el ente competente que publica el índice.
- El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice, en donde se accede a la información aportada.
Para lo anterior los oferentes deberán presentar una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada.
No objeción
De conformidad con el artículo 7 y 17 Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, las personas responsables de emitir las no objeciones son:
La pertinencia de los índices aportados en la oferta, la persona encargada de emitir dicho acto es: Analista encargado.
En el programa de trabajo, la persona encargada de emitir dicho acto es: usuario técnico. En la Universidad de Costa Rica, la instancia pertinente de realizar los reajustes y revisiones de precios, así como de emitir la no objeción para la pertinencia de la documentación probatoria para aplicar el método analítico documental, cuando sea procedente, es la Unidad de Ejecución Contractual.
Presentación:
La información de los componentes de la estructura de precios y los índices relacionados, deberán presentarse en el siguiente formato, debe presentar un cuadro por cada moneda ofertada. Dicha información se considera bajo juramento al momento de presentar la oferta:
|
Moneda: (colones, dólares, etc.) |
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|
Partida |
Costo Directo Insumo |
Costo Directo Mano de Obra Directa |
Costo Directo Subcontrataciones |
Costo Indirecto Insumos |
Costo Indirecto Mano de Obra Directa |
Utilidad |
Imprevistos |
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|
Valor Abso-luto |
Valor Porcentual |
Valor Absoluto |
Valor Por centual |
Valor Absolu to |
Valor Porcentual |
Valor Absoluto |
Valor Por cen tual |
Valor Abso luto |
Valor Por centual |
Valor Abso luto |
Valor Por cen tual |
Valor Abso luto |
Valor Por cen tual |
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|
1 |
Uni-tario |
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|
Total |
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|
2 |
Uni-tario |
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|
Total |
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|
3 |
Uni-tario |
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|
Total |
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Incluir índice (s) Relacionado (s) |
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Nota: En caso de requerir el trámite de exoneración, deberá indicar el plazo respectivo para la entrega de los documentos y el plazo para la entrega de los equipos, en el siguiente enlace puede encontrar la información correspondiente para presentar dicho trámite ante la Universidad de Costa Rica http://osum.ucr.ac.cr/taxonomy/term/47 una vez recibida la nota de exoneración debidamente aprobada por el Ministerio de Hacienda.
- Lugar de entrega: No aplica, por tratarse de un servicio intangible cuya activación y vigencia son verificables en línea.
Contacto: Jose Valverde Cerdas – jose.valverde@ucr.ac.cr - 2511-1807
- Régimen de multas o cláusula penal
Si existiera atraso en la entrega del suministro o la prestación del servicio de acuerdo con las condiciones del cartel y de la oferta, el contratista deberá pagar a la UCR por concepto de cláusula penal el porcentaje según lo indicado en la Tabla: “Calificación de importancia de la cláusula penal y porcentaje a aplicar”, por cada día natural del valor de la parte incumplida o si existe una defectuosa ejecución del objeto contratado.
El valor porcentual de la sanción será como máximo el 25% del monto total del contrato. La aplicación de esta cláusula es conforme al artículo 117 del Reglamento Ley General de Contratación Pública y al artículo 47 de la Ley General de Contratación Pública.
El cobro de las multas y/o cláusula penal podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo.
Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio.
En caso de que el objeto esté compuesto por líneas distintas, el monto máximo para el cobro de multas se considerará sobre el valor de cada una y no sobre la totalidad del contrato, siempre que el incumplimiento de una línea no afecte el resto de las obligaciones, conforme al artículo 116 del Reglamento Ley General de Contratación Pública y al artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública.
Se hará acreedor de cobro por concepto de multa, el contratista que incurra en los siguientes supuestos:
- Atraso en el tiempo de entrega pactado de previo para cada uno de los bienes o servicios de acuerdo a las condiciones particulares.
- Entregar o utilizar materiales no aprobados por la Administración (en conformidad a lo presentado en la oferta).
- Omitir las órdenes expresas del encargado del proyecto, las cuales han de constar por escrito.
El Administrador del contrato no gestionará el cobro de multa y/o cláusula penal, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas.
En caso de que por causas ajenas al contratista o bien imputables a la Administración, éste no pueda realizar en el plazo estipulado la entrega del objeto pactado o bien el inicio del servicio contratado, podrá solicitar prórroga dentro de los diez días hábiles siguientes al conocimiento del hecho que provoca la solicitud de prórroga, aportando para ello la prueba en la que se sustenta, la cual deberá ser analizada por la Administración y se haya seguido lo establecido en el artículo 281 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Estimación de la cláusula penal
Con la finalidad de cumplir disposiciones legales definidas por la Contraloría General de la República y de la Sala Constitucional, en cuanto a la razonabilidad de la cláusula penal, incluida en los carteles de contratación de bienes y servicios que tramita nuestra Institución, se realiza la siguiente valoración técnica en cuanto al efecto e impacto que tendría un atraso en la entrega de los bienes y servicios adjudicados a un contratista:
|
Criterio |
Descripción |
Valoración
|
|
Efecto institucional por cumplimiento tardío del contrato
|
Afecta en los objetivos organizacionales y la imagen de la Institución. Se vería gravemente afectada la finalidad pública y el servicio que debe brindar la unidad solicitante. |
() alto
|
|
Afecta en los objetivos operativos y presupuestarios de la Institución. |
(x) medio
|
|
|
Afecta levemente en los objetivos de la Institución |
() bajo |
|
|
Impacto del proyecto por el cumplimiento tardío del contrato
|
Impacta la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos. |
(X) alto
|
|
Impacta en el inicio de un proyecto organizacional. |
() medio |
|
|
Impacta levemente en los objetivos de la unidad.
|
() bajo
|
- INCUMPLIMIENTOS
En caso de incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del cartel, la oferta o del contrato, la Universidad de Costa Rica se arroga el derecho de rescindir y/o resolver unilateralmente el contrato, sin responsabilidad alguna para la Institución y sin perjuicio de la aplicación de la normativa correspondiente.
- CONDICIONES GENERALES
- Declaraciones juradas que debe presentar el oferente de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 inciso c) y artículo 122 del Reglamento Ley General Contratación Pública
- 1. No le alcanzan las prohibiciones para contratar con la Universidad.
- 2. Que se encuentra al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales.
- 3. En el caso de proveedor extranjero
Que se acepta en el caso de proveedor extranjero, someterse a los Tribunales y Leyes de Costa Rica, en todo lo concerniente a los trámites del procedimiento licitatorio; la ejecución del contrato y los reclamos por responsabilidad que se derivan del mismo, con renuncia expresa de su jurisdicción.
- 4. Beneficiario final y declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones, a saber:
“Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas, según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones y a quién pertenecen. Además, cada proveedor también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el (los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial”.
- Declaración jurada de compromiso anticorrupción y de buenas prácticas de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 inciso c) del Reglamento Ley General Contratación Pública
De acuerdo con el Reglamento Ley General Contratación Pública en su artículo 24 inciso c) indica lo siguiente:
“Este compromiso anticorrupción y de buenas prácticas comerciales deberá ser incluido por la Administración contratante en el pliego de condiciones y aceptado por los oferentes con la presentación de la oferta”.
- Aporte de permiso municipal y permiso sanitario de funcionamiento del ministerio de salud
De acuerdo con el Código Municipal en su artículo 88, a la Ley General de Salud y el Reglamento para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de funcionamiento otorgados por el Ministerio de Salud para establecimientos industriales, comerciales y de servicios para la operación en el territorio nacional, según sea la actividad, el oferente deberá aportar con su oferta:
- Copia de la patente domiciliada al día.
- Copia del comprobante de pago de los impuestos municipales al día o su respectivo arreglo de pago en caso de mora.
- Copia del permiso de funcionamiento sanitario vigente del Ministerio de Salud.
Esto se debe a lo que reza el artículo 79 del código municipal donde indica que toda empresa que realice una actividad lucrativa debe de contar con la misma.
- La Póliza de Riesgos del Trabajo.
- Cancelación y forma de pago
Para los pagos correspondientes, es requisito:
- La presentación de la factura debe ser de forma electrónica al correo ci@ucr.ac.cr
- Aceptación formal del producto entregado, por parte del Centro de Informática.
- Encontrarse al día con el pago obrero-patronales en la CCSS.
- Debe tomarse en cuenta que, se pagará en colones costarricenses dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la presentación de la documentación anterior, después del recibido conforme técnico.
- Forma de adjudicación
La Universidad se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente las ofertas recibidas.
(*) El supervisor del contrato debe comunicar por escrito a la Unidad de Adquisiciones, el incumplimiento del producto por parte del adjudicatario, para que dicha Unidad formalice la entrega o multa correspondiente.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Se aplicará una multa según el siguiente detalle: 2% sobre el monto de adjudicación por cada día hábil de atraso, (con respecto al plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. En caso de que el adjudicatario no deposite el monto de la multa, la Universidad queda autorizada para que esta suma sea deducida de las facturas presentadas para su pago o retenciones efectuadas, lo anterior, se hará conforme a las disposiciones que para tal efecto se tienen en la Ley y Reglamento de Contratación Pública
Documentos del cartel4
- Tarifa reducidaPDF · 184 KB
- Cálculo cláusula penalPDF · 184 KB
- Estudio de MercadoPDF · 236 KB
- Especificaciones mínimas y condicionesDOCX · 225 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Alonso Castro Mattei
Centro de Informática
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 08/10/2026 11:01. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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