2026XE-000818-0000400001 · SICOP 20260902946
S.E.- CONTRATACION DIRECTA ESCASA CUANTIA ADQUISICION DE CONTROLADOR PARA FOTOVOLTAICOS FM-GDO DDYC
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡77,9 millones. Se abrió el 12/10/2026 el 12/10/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡77,9 millones
Ofertas recibidas
—
apertura pendiente
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó02/10/2026 15:23 · hace 9 días
- Límite para 06/10/2026 23:59 · hace 5 días
- Cierre de ofertas09/10/2026 23:59 · hace 2 días
- de ofertas12/10/2026 07:30 · mañana
- (plazo máximo)≈ 26/10/2026 · en 15 días
Nota de la institución. Todas las aclaraciones serán atendidas cuando no cambie el objeto del negocio, ni constituyan una variación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Compras parecidas de esta institución recibieron en promedio 1,7 oferentes.3 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años.
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Controlador de Carga, Tecnologia MPPT, de 80 A, Temperatura de Operación 40°c, con Pantalla LCD, para Matriz Solar306 c/u · ₡77 919 347,34306 c/u₡77 919 347,34
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡66,2 millones – ₡77,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD:
El oferente debe suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis y estudio para la adjudicación, por lo que en la oferta debe indicar que cumple y acepta cada uno de los puntos del requerimiento de las Especificaciones Técnicas.
La oferta deberá indicar claramente la marca y el modelo ofrecido, y deberá estar acompañada de catálogos, manuales y demás documentación técnica oficial del fabricante, en idioma español, que respalde el cumplimiento de los requerimientos técnicos establecidos e indicar las normas solicitadas segun las especificaciones tecnicas descritas en este cartel. Esta documentación deberá mostrar de forma detallada las características de construcción, diseño y operación del bien ofrecido.
DECLARACIONES JURADAS
El oferente debe presentar las declaraciones juradas que se adjuntan en el Anexo en PDF llamado ""Declaraciones Juradas y Certificaciones".
El oferente debe presentar las Política Corporativa para la Prevención de la Corrupción y Gestión de Conflicto de Intereses que se adjuntan en el Anexo en PDF llamado "Política Corp. Prev. de la Corrupción y Gestión de Conflicto de Ints".
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
PARTIDA 1
LÍNEA 1. CONTROLADOR DE CARGA CON TECNOLOGÍA MPPT, DE 80 A, PARA MATRIZ SOLAR, CON PANTALLA LCD Y OPERACIÓN A 40 °C
Especificación general
Se requiere un controlador de carga para sistemas fotovoltaicos aislados, destinados a proyectos de electrificación rural no conectados a la red eléctrica. El equipo deberá regular la energía procedente de la matriz solar y realizar la carga segura del banco de baterías.
El oferente deberá indicar en su oferta la marca y el modelo del equipo ofrecido, además de aportar documentación técnica oficial del fabricante que permita verificar el cumplimiento de las especificaciones solicitadas.
Especificaciones técnicas mínimas
- Diseñado para utilizarse con matrices fotovoltaicas o solares.
- Corriente nominal de salida de 80 A continuos, a una temperatura ambiente de 40 °C.
- Capaz de trabajar con bancos de baterías de 12 VDC, 24 VDC, 36 VDC, 48 VDC.
- Con reconocimiento automático o configuración del voltaje nominal del banco de baterías.
- Tensión máxima admisible en la entrada del campo fotovoltaico de 150 VDC.
- Deberá admitir configuraciones de la matriz solar con una tensión de operación de hasta 100 Vcc, sin superar los límites establecidos por el fabricante.
- Con sistema de seguimiento continuo del punto de máxima potencia (MPPT).
- Con salida auxiliar programable.
- Capaz de almacenar y permitir la consulta de registros de datos de funcionamiento.
- Compatible con sistemas de puesta a tierra positiva o negativa.
- Compatible con paneles solares de 60 células.
- Deberá contar con los siguientes modos o etapas de operación y carga:
- Carga máxima.
- Absorción.
- Flotación.
- Silenciosa o espera.
- Igualación.
- Deberá permitir la carga con compensación por temperatura.
- Las tensiones y los tiempos de las etapas de carga deberán ser programables.
- Deberá contar con una pantalla LCD integrada y retroiluminada, que permita visualizar la información de funcionamiento y consultar los registros de datos del controlador.
Condiciones del equipo y documentación
- El controlador deberá ser completamente nuevo de fábrica, sin uso y no podrá ser reconstruido, reacondicionado ni remanufacturado.
- Junto con la oferta se deberá aportar documentación técnica oficial del fabricante, en idioma español o inglés, en la que pueda verificarse el cumplimiento de las especificaciones solicitadas.
Garantía
- El equipo deberá contar con una garantía mínima de 24 meses contra defectos de fabricación o fallas de funcionamiento, contados a partir de su recepción conforme.
- Durante el periodo de garantía, el proveedor deberá reparar o sustituir el equipo defectuoso, sin costo adicional para la Administración.
Empaque y entrega
- Cada controlador deberá entregarse en su empaque original de fábrica y debidamente protegido contra golpes, humedad y posibles daños durante el transporte.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato la División Distribución y Comercialización incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la División Distribución y Comercialización se compromete a dotar del debido contenido presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación presupuestaria.
La composición presupuestaria se distribuye de la siguiente manera:
Presupuesto: 77 919 347,34 CRC, AÑO 2027
Financiamiento: ICE CAPEX
Bandas de Tolerancia para Evaluación de Razonabilidad de Precios
Para el presente procedimiento de contratación, el ICE define bandas de tolerancia a partir de los insumos obtenidos mediante el Sondeo de Mercado, las cuales aplicarán como herramienta de referencia para el estudio de ofertas y análisis de la razonabilidad del precio. Dichas bandas se encuentran documentadas en el expediente de la contratación, del cual se extrae la siguiente tabla:
|
4. Cálculo de Bandas de Tolerancia |
|||||
|
Objeto |
Metodología: % Razonabilidad (X) Combinado ()
|
Cantidad requerida |
Monto estimado USD |
||
|
Moneda (USD) |
|||||
|
% Razonabilidad |
Mínimo |
Máximo |
|||
|
Línea 1: CONTROLADOR DE CARGA, TECNOLOGIA MPPT, DE 80 A, TEMPERATURA DE OPERACIÓN 40°C, CON PANTALLA LCD, PARA MATRIZ SOLAR |
16,54 |
442,29 |
617,64 |
306 |
162 169,80 |
|
Total, USD |
162 169,80 USD |
||||
|
Total, CRC |
77 919 345,50 CRC |
||||
Nota: Tipo de cambio presupuestario vigente: TC 1USD 2027 = 480,48
Según comunicado 0150-0606-2026 Premisas Económicas para el período 2026 al 2031
Nota: Se aclara que los límites no serán utilizados como criterios de exclusión automática, sino como indicadores para realizar un análisis que permita justificar o descartar de forma razonada las ofertas que se ubiquen fuera de los límites.
A partir de estas bandas, se elaborará una tabla comparativa que incorpore los precios recomendados por los oferentes, permitiendo identificar si se ubican dentro o fuera de los umbrales definidos.
Si el precio es menor al umbral mínimo este se presumirá como no remunerativo y si es mayor al umbral máximo se presumirá como excesivo, debiendo la Administración indagar lo correspondiente, considerando las siguientes definiciones y situaciones:
Precio excesivo: es aquel que comparado con los precios normales de mercado los excede o bien que supera una razonable utilidad. La utilidad es aquella que le permite al oferente cubrir sus costos productivos, de distribución y entrega con un margen de ganancia moderado.
Precio no remunerativo o ruinoso: es el precio cobrado por un oferente el cual es tan bajo que permite suponer la posibilidad de incumplimiento futuro en la ejecución del contrato por razones económicas al no ser suficiente los réditos cobrados para cubrir los costos de la obra, bien o servicio de conformidad con los requerimientos del cartel, o bien, que no cumple con las obligaciones obrero-patronales, por lo que está en riesgo la ejecución y calidad con que se entregará el objeto.
Precio que excede la disponibilidad presupuestaria: Precio que excede el monto del que dispone la Administración para cancelar las obligaciones económicas que se derivan del contrato, y ante indagatoria al oferente, éste no acepte ajustar su precio al disponible sin afectar las condiciones y calidad ofrecidos. En el caso extremo que no se cuente con mayor contenido presupuestario o no sea factible una adjudicación parcial, la oferta que contenga un precio que excede la disponibilidad presupuestaria será declarado como inadmisible económicamente, lo anterior, bajo el marco de aplicación del artículo 21 del Reglamento al título II Ley 8660.
La Administración se reserva el derecho de adjudicar precios fuera de las bandas, para lo cual se debe razonar y acreditar los motivos por los cuales resulta aceptable dicho precio, habiéndose valorado desde diversas perspectivas de negocio, técnicas, comerciales u otras, considerando los Principios de Contratación, así como criterios de oportunidad y conveniencia según proceda.
PRECIOS E IMPUESTOS
Se deberá indicar los precios por la totalidad de los insumos, detallando en la oferta los montos unitarios y cualquier otro gasto que sea necesario para cumplir las obligaciones del Contrato. El ICE no reconocerá costos adicionales al precio cotizado.
En caso de no indicarse en la oferta los impuestos, éstos se considerarán incluidos en el monto total cotizado. Los precios cotizados serán firmes y definitivos.
CRITERIOS AMBIENTALES:
El Oferente debe presentar declaración jurada de que en caso de resultar adjudicado garantiza que el embalaje del producto es fácilmente separable y que se hace responsable de realizar el manejo responsable conforme lo establecido en la legislación nacional vigente y de mediante lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Residuos de la empresa.
CLAUSULA DE DESEMPATE:
En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los posibles adjudicatarios, se convocará un sorteo público, el cual se realizará en forma presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente.
De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento presenciales, el cual se incluirá en el Sistema Digital Unificado.
Otras cláusulas
REQUISITOS PARA LA FACTURACIÓN:
Luego de la entrega de los bienes en el lugar indicado en el contrato, el ICE procederá a realizar la revisión cuantitativa y cualitativa de los bienes. De existir bienes que no cumplan con algún aspecto del contrato, se levantará un reclamo al contratista para que éste solucione el incumplimiento.
Cuando el ICE dé por aceptados los bienes recibidos, se le notificará al contratista mediante un correo electrónico el detalle de los bienes que fueron aceptados según el procedimiento de compra. La facturación de los bienes entregados deberá realizarse hasta que el contratista reciba el correo electrónico del ICE con el detalle de los bienes aceptados.
Para el envío de las facturas electrónicas, el contratista debe indicar en la sección INFORMACIÓN REFERENCIA, en el espacio NUMERO, los códigos definidos por la institución, según el tipo de compra o servicio prestado, por lo que es necesario que tomen las medidas necesarias en su sistema de facturación.
El pago se efectuara 30 dias naturales a partir del recibo a satisfaccion de los bienes del procedimiento.
Para facturar el pedido debe de incorporar en su factura, en el espacio de “Información de referencia”, creado exclusivamente para ingresar el número interno:
Ejemplo: MM-450xxxx (sin espacios).
Para obtener este número interno (MM-45000xxx), el proveedor deberá solicitarlo al Administrador de Contrato: Julio Rodriguez Nash Correo Electrónico: jrodriguezn@ice.go.cr, PREVIO a la entrega de material o servicio.
Las facturas y el XML se deben enviar al correo facturasice@ice.go.cr
Se informa que, conforme a la versión 4.4 del Reglamento de Comprobantes Electrónicos emitida por la Dirección General de Tributación, a partir de su entrada en vigencia únicamente serán aceptados comprobantes electrónicos (facturas, notas y recibos de pago) generados bajo este formato actualizado. Por lo tanto, les solicitamos asegurarse de que sus sistemas de facturación estén debidamente ajustados, ya que los comprobantes emitidos en versiones anteriores no podrán ser recibidos ni procesados.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
El contratista se compromete a brindar los bienes de este contrato en estricto cumplimiento con lo estipulado en este cartel, en su oferta, en las especificaciones técnicas solicitadas, en los términos y condiciones que rigen este acuerdo segun con todas las leyes vigentes, reglamentos y normativas aplicables, incluyendo las obligaciones laborales y de seguridad social.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Si existiera atraso en la entrega del suministro o la prestación del servicio de acuerdo con las condiciones del contrato, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de cláusula penal 0,6% (según lo indicado en el Anexo “Clausula penal” por cada día natural de atraso del valor de la parte incumplida.
Documentos del cartel3
- 1.Declaraciones juradas y certificaciones.pdfPDF · 154 KB
- 2.Política Corp. Prev. de la Corrupción y Gestión de Conflicto de Ints.pdfPDF · 389 KB
- 3.Estimacion de clausulas penales.pdfPDF · 113 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Julio Andres Rodriguez Nash
Cadena de Abastecimiento Distribución y Comercialización
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 07:35. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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