2026XE-000002-0012900001 · SICOP 20261001999
Suscripción de contrato para el servicio de reparación de tarjetas electrónicas para los trenes Serie 2400 (2405, 2409, 2411, 2416, 2455, 2459, 2461 y 2466)
Instituto Costarricense de Ferrocarriles
Instituto Costarricense de Ferrocarriles ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡24,6 millones y quedó en firme el 16/10/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡24,6 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡24,6 millones
0 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 16/10/2026
- Taller Electrico Marin₡24 613 318,77
Informe de recomendación de Monserrat Fabiola Miranda Salazar, 16/10/2026 · adjuntos: Consulta pública de situación tributaria - Oficina Virtual Tributaria.pdf, INCOFER-DF-PRE-CERT-0068-2026.pdf, Revisión de ofertas - 2026XE-000002-0012900001.pdf, INCOFER-GA-PROV-AI-0014-2026.pdf
Fechas clave
- Se publicó15/10/2026 10:12 · hace 5 días
- Límite para 15/10/2026 23:59 · hace 5 días
- Cierre de ofertas16/10/2026 11:00 · hace 4 días
- de ofertas16/10/2026 11:00 · hace 4 días
- publicado16/10/2026 15:11 · hace 4 días
- Adjudicación 16/10/2026 15:11 · hace 4 días
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 16/10/2026 07:40 → 16/10/2026 11:00
- Apertura de ofertas: 16/10/2026 07:40 → 16/10/2026 11:00
Nota de la institución. Toda solicitud de aclaración y/o consultas a esta contratación de orden formal o técnico deben de realizarse por medio del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
Contexto
- Instituto Costarricense de Ferrocarriles adjudicó ₡680,1 millones en 53 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra4 líneas
- Servicio de Reparación de Tarjeta Electrónica5 · ₡10 906 800,955₡10 906 800,95
- Servicio de Reparación de Tarjeta Electrónica8 · ₡5 256 997,308₡5 256 997,30
- Servicio de Reparación de Tarjeta Electrónica6 · ₡1 749 932,716₡1 749 932,71
- Servicio de Reparación de Tarjeta Electrónica8 · ₡6 699 587,848₡6 699 587,84
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡20,9 millones – ₡24,6 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días naturales
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,65 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Taller Electrico MarinGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
El INCOFER comunica el acto final correspondiente del procedimiento especial 2026XE-000002-0012900001 denominado “Suscripción de contrato para el servicio de reparación de tarjetas electrónicas para los trenes Serie 2400 (2405, 2409, 2411, 2416, 2455, 2459, 2461 y 2466)”.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- El Instituto Costarricense de Ferrocarriles (INCOFER), recibirá ofertas de forma electrónica y debidamente firmada por quien tenga poder para ello, en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
- Deberá cumplir con lo señalado en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite conocer y aceptar todos y cada uno de los extremos, condiciones y estipulaciones contenidas en este cartel según el Artículo 123 del RLGCP, además de someterse a la normativa, jurisdicción y a los tribunales nacionales, conforme lo establece el artículo 121 del RLGCP.
- No se aceptarán ofertas alternativas de conformidad con el Art. 48 de la LGCP y el Art. 125 del RLGCP.
- Que se encuentra al día de sus obligaciones obrero patronal ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y del Fondo de Desarrollo Social y de Asignaciones Familiares (FODESAF), en el caso de empresas nacionales. Cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del Art. 3 de la LGCP, así como cualesquiera empresas extranjeras, de conformidad con el Art. 14, inciso f) de la ley citada, deberán manifestar que se encuentran al día con las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares con respecto a las personas trabajadoras que contraten para realizar los servicios que presten en el país, al momento de la apertura y que habiendo sido advertido por la Administración no regularice su situación
- Se considera inadmisible la oferta de persona física o jurídica que no se encuentre al día con el pago de las obligaciones tributarias ante el Ministerio de Hacienda, al momento de la apertura y que habiendo sido advertido por la Administración no regularice su situación, lo anterior de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
- Presentar declaración jurada que indique su compromiso de pago de salarios mínimos y el pago puntual de salarios, cuando se trate de la prestación de servicios continuos o según demanda.
- Presentar declaración jurada sobre el cumplimiento de las jornadas laborales. El oferente cumple con las jornadas laborales que correspondan según la actividad contractual, dichas jornadas no podrán sobrepasar los límites establecidos en el Capítulo 2 del Código de trabajo para el tiempo laboral según la jornada.
- Presentar declaración jurada que indique que no cuenta con trabajo infantil, de acuerdo con lo especificado en la Ley N°7739 Código de la Niñez y la Adolescencia.
- Presentar declaración jurada firmada por el representante legal que abarque los aspectos indicados en el artículo 29 de la Ley N°9986.
- El oferente demuestra que el personal contratado la actividad contractual se encuentra habilitado legalmente para trabajar en el país, según se establece en la Ley 8764 Ley General de Migración y Extranjería. Para lo cual deberá presentar Declaración jurada firmada por el representante legal que indique el cumplimiento con la Ley.
- No se permite la cotización parcial de la partida ni el cobro separado del transporte o acarreo.
- Toda oferta deberá suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de adjudicación. Debido a lo anterior, el oferente estará obligado a describir de forma completa y precisa las condiciones propias del bien yo servicio que se compromete a brindar.
- PRECIO Y MONEDA
Los precios deberán ser ciertos y definitivos, sin perjuicio de eventuales reajustes o revisiones.
En la cotización, el Oferente deberá indicar el detalle de los componentes de la línea en SICOP, debiendo presentar el precio unitario, el porcentaje del “Impuesto al valor agregado” (IVA) que correspondiere y total.
Asimismo, con fundamento en lo indicado por el Programa Presupuestario y la Unidad Gestora del trámite, en tanto las circunstancias de mercado lo ameritan y ello no causa un perjuicio a la satisfacción del interés público, y conforme a lo establecido en la Directriz No. 044-H denominada “Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas”, publicada en el Alcance No. 156 de la Gaceta No. 167 del 10 de setiembre del 2024, deberá cotizar en colón costarricense, de acuerdo con lo establecido.
En caso de recibir ofertas en moneda extranjera, estas no resultarán inadmisibles por ese motivo, no obstante, la Administración, para efectos de la evaluación de ofertas, realizará la conversión utilizando el tipo de cambio de venta del dólar emitido por el Banco Central de Costa Rica correspondiente al día de apertura y mantendrá dicha conversión ante una eventual adjudicación, adicionalmente, ajustará los valores absolutos de la estructura de costos previamente aportada y, una vez en firme el acto, solicitará el presupuesto detallado en la moneda adjudicada (colones), a fin de emitir posteriormente el contrato y su respectivo pago en moneda nacional, cumpliendo así lo estipulado en la Directriz citada, salvo que una instancia superior determine lo contrario.
En caso de que no se consigne expresamente el monto y/o el porcentaje del IVA en la oferta, la Administración presumirá su inclusión en el monto cotizado, de conformidad con lo estipulado en el párrafo final del artículo 41 del LGCP. - Las ofertas presentadas en forma extemporánea no serán admitidas para el concurso.
- Serán excluidas del concurso las ofertas que tengan una vigencia inferior a 30 días naturales, de no indicarse días hábiles o naturales la administración entenderá que se refiere a días naturales.
Si la oferta no tiene indicación, de conformidad con el RLGCP, con el solo sometimiento de la oferta en tiempo, se entiende aceptado el plazo de vigencia de la oferta establecido en el SICOP, por lo que la oferta se entenderá vigente por el plazo requerido.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- Del precio
El oferente deberá desglosar los componentes de cada línea ofertada según lo definido en este pliego de condiciones y adjuntar el desglose del precio ofertado en SICOP (tanto en valores absolutos como porcentuales), con fundamento en lo que establece el Art. 102 del RLGCP. La Institución no reconocerá ningún otro gasto adicional a los desglosados en la oferta.
En este marco, el oferente deberá desglosar e incluir todos los elementos del precio cotizado para cada línea ofertada -tanto en valores porcentuales como absolutos- la estructura del precio ofrecido para cada línea ofertada de esta contratación, siguiendo el formato que se detalla a continuación y que se facilita en el archivo de Excel denominado Desglose del precio y Presupuesto Detallado.xls, adjunto a este pliego – de conformidad con lo requerido en este pliego de condiciones- dentro de esta estructura básica (con señalamiento preciso de los subcontratos).
Pc= CD (Mod + Id+ S) + CI (Moi + Ii + GA) + U
Donde:
Pc= Precio cotizado sin impuesto al valor agregado
CD: Costos Directos
Mod= Costo de Mano de Obra Directa del precio de cotización
Id= Costo de Insumos Directos del precio de cotización
S= Costo de Subcontratos
CI: Costos Indirectos
Moi= Costo de Mano de Obra Indirecta del precio de cotización
Ii= Costo de Insumos Indirectos del precio de cotización
GA= Costo de gastos administrativos del precio de cotización (distintos de insumos indirectos y mano de obra indirecta)
U= Utilidad de precio de cotización
La estructura deberá indicarse tanto en valores absolutos como en valores porcentuales.
Además, el oferente debe aportar en su plica el desglose de la estructura del precio para cada una de las líneas ofertadas por separado, utilizando el formato indicado. El oferente deberá adjuntar a la oferta archivo tipo Excel con la memoria de cálculo.
La Institución no reconocerá ningún otro gasto adicional a los desglosados en la oferta. - Garantía comercial
El oferente deberá ofrecer una garantía no menor a 06 meses, contra defectos de reparación, contados a partir de la fecha de funcionamiento de las tarjetas.
Durante la vigencia de la garantía, cualquier mal funcionamiento que sufran las tarjetas o sus componentes, o bien cualquier otro defecto u omisión en el servicio contratado debidamente comprobada por parte de la Administración, obligará al Proveedor a corregir la situación presentada en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, después de haber sido notificado por la Unidad de Telecomunicaciones, con el objetivo de minimizar el grado de tiempo de paro del equipo y que no se vean afectados las funciones del INCOFER. - Lugar de entrega
El proveedor deberá coordinar con el Administrador del Contrato para el retiro de las tarjetas, las cuales se deberán ser entregadas al Administrador de Contrato, en el edificio sur Oficinas Centrales del INCOFER, Avenida 20-22, Estación al Pacífico, contiguo al Hospital Nacional de las Mujeres Adolfo Carit, San José, con horario de Lunes a Jueves de 7:30 am a 4:00 pm y Viernes 7:30 am a 3:30 pm. - Plazo de entrega
Para todas las líneas, el oferente deberá ofrecer un plazo de entrega no mayor a quince (15) días hábiles, a partir del día que indique la orden de inicio. Se podrán realizar entregas parciales de acuerdo a las reparaciones efectuadas.
Cualquier oferta que proponga plazos superiores al máximo establecido, se declarará inadmisible para esta contratación. - Encargado general del contrato
La designación de administrador de la contratación por el INCOFER recayó en el Sr. Jonathan Monge Álvarez, de la Unidad de Telecomunicaciones, a quien se le podrá contactar al teléfono N° 2542-5813 o a la dirección de correo electrónico jmonge@incofer.go.cr o al encargado que se designe.
En caso de presentarse eventos futuros que impidan la continuidad del funcionario en tal condición, la designación mencionada en el párrafo supra podrá ser variada en la etapa de ejecución por parte del INCOFER, para lo cual se emitirá comunicación por parte de la Unidad Ejecutora al contratista, actuación de la cual se dejará constancia en el expediente del SICOP. - Materiales
a) El Contratista deberá suministrar los repuestos y accesorios necesarios para la reparación de las tarjetas electrónicas
b) Los repuestos y/o accesorios suministrados deberán ser nuevos, no reconstruidos.
c) Al momento de presentar la factura para cobro por concepto del servicio contratado, el Contratista deber presentar adjunta la copia de la(s) factura(s) emitida por el vendedor de los repuestos donde conste la compra realizada y el precio respectivo de los repuestos, a efectos de que la Administración pueda verificar la aplicación del porcentaje de utilidad establecido en la oferta.
d) El Contratista deberá demostrar el cambio de cada repuesto o artículo, mostrando y entregando responsable de la recepción provisional, los componentes sustituidos; asimismo, los materiales o componentes dañados defectuosos serán propiedad de la Administración.
e) En caso de imposibilidad para conseguir los repuestos, el Contratista deberá comunicarlo de inmediato, mediante correo electrónico y presentar la debida justificación razonada y detallada, al Administrador del Contrato, para tomar las medidas que correspondan, y en caso de que corresponda exonerar al Contratista de cualquier sanción o multa por incumplimiento en la reparación respectiva. - Otras consideraciones del servicio
a) El traslado de las tarjetas (retiro y devolución) correrán por parte del Contratista.
b) El costo del servicio debe incluir el traslado de los bienes, por lo tanto, la Administración no reconocerá Contratista ningún costo adicional por concepto de traslado. - Responsabilidades y obligaciones del contratista
a) El Contratista deberá atender todas las consultas realizadas por el Administrador del Contrato o persona designada en su lugar, sea por medio de correo electrónico o bien, vía telefónica; para tales efectos el oferente deberá indicar en su plica el nombre completo de las personas encargas por parte de la empresa y medios de contacto, a los cuales la Administración deberá dirigirles las consultas.
b) El Contratista se obliga a contar con personal calificado para la realización de los trabajos y a cumplir con las disposiciones legales, técnicas y laborales, que le acrediten como empresa facultada a operar en el mercado y a brindar el servicio cotizado. No existirá ninguna relación de tipo laboral entre la Institución y el Contratista o sus empleados.
c) Suscribir y mantener vigente durante toda la ejecución de la contratación la póliza de seguro de riesgos del Trabajo. Si el Contratista ya dispone de la póliza bastará con que así lo demuestre mediante certificación del ente asegurador con la entrega de la documentación pertinente. La póliza deberá presentarse al Administrador del contrato antes de iniciar con la prestación del servicio. Esta póliza desde su presentación inicial deberá tener una vigencia que cubra la totalidad del período de ejecución contractual.
d) Corregir el trabajo ejecutado de manera deficiente, sin que esto signifique modificación del precio y del plazo de entrega del servicio.
e) Se entiende que el Contratista libera al INCOFER de cualquier reclamación de terceras personas que pudiera presentarse por la ejecución del servicio objeto de esta contratación. - Notificación de eventos que producen atraso en la entrega o prestación del servicio
El Contratista deberá solicitar ante la Administración, cuando así lo amerite, las prórrogas del plazo de entrega, si las circunstancias que las motivan correspondan a causas que no le son imputables y que representan eventos que provocan atrasos en el plazo de entrega de los servicios contratados, para lo cual, el Contratista deberá realizar la solicitud de la prórroga del plazo de entrega justificando dicha solicitud y con las pruebas fehacientes de los factores o eventos que produzcan el atraso.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- Toda oferta deberá ser presentada en idioma español, de manera ordenada, completa y firmada digital y debidamente por la persona legalmente facultada para ello.
- INCOFER se reserva el derecho de contactar y verificar lo que corresponda, con el fin de constatar la fidelidad de la información de la oferta; si detecta que alguna información no es coincidente con lo indicado en la oferta, se procederá a no tener en cuenta la información, con las consecuencias dispuestas por el cartel y la normativa de contratación pública.
- Sobre la eventual confidencialidad de documentos. Si el oferente considera que la información aportada para un procedimiento de contratación es de carácter confidencial, deberá indicarlo en el sistema digital unificado con sus motivos y sustento jurídico con la finalidad de cumplir lo preceptuado en el Art. 15 de la LGCP, salvo solicitud de la Contraloría General de República, la Procuraduría General de la República o cualquier autoridad judicial que por sus competencias, requieran a la Administración contratante la visualización de dicha información.
En consecuencia, si alguna oferta contiene archivos clasificados en el SICOP (utilizando la etiqueta respectiva) como confidenciales y las justificaciones e información requerida no fueran aportadas con la oferta, se prevendrá al oferente para que las presente su justificación. En caso de que no se atienda de manera completa y suficiente la prevención en el plazo otorgado, la Administración procederá a permitir que terceros y las partes del proceso, puedan visualizar los documentos mediante el acceso al expediente digital. Si, por el contrario, se aportara la justificación requerida de manera completa, la Administración procederá a valorarla y determinará si los documentos se mantienen confidenciales de conformidad con la jurisprudencia, precedentes y doctrina aplicable.
Se advierte que, aún y cuando la Administración haya avalado la información como confidencial, podrá utilizar en documentos públicos (oficios, análisis integral, resoluciones, entre otros) aquellos datos totales y/o generales derivados de esa información clasificada como confidencial a efectos de justificar los actos administrativos que corresponda, cuidando no comprometer información específica que pueda vulnerar o afectar al oferente, ponderando las razones que él mismo haya expuesto para mantener los datos bajo la clasificación de confidenciales. - El oferente en caso de personas jurídicas deberá presentar personería jurídica donde consten las facultades de quien suscribirá el contrato con la Administración así como certificación de distribución y titularidad del capital social actualizadas con vista en los Libros de la Sociedad emitida por un Notario Público o Contador Público Autorizado, con una fecha de emisión con una vigencia no mayor de UN MES y para las certificaciones digitales del Registro Nacional con una fecha de emisión no mayor 15 DÍAS NATURALES. Así como las cédulas de identidad
En el caso de personas físicas, deberán presentar la cédula de identidad. - En caso de aportarse poderes especiales, se requiere que estos cuenten con las especificaciones propias de cada mandato conforme la normativa vigente y el número correspondiente a la contratación en la que se participa y para la cual se otorga.
- El proveedor comercial deberá mantener actualizadas las declaraciones juradas, según lo indicado en el Art. 32 inciso c), Art. 33 y Art. 122 del RLGCP.
- Toda solicitud de aclaración y/o consultas a esta contratación de orden formal o técnico deben de realizarse por medio del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
- El oferente deberá garantizar y ser responsable de que al efectuar los trabajos indicados en el presente concurso no debe en ninguna circunstancia perjudicar directa o indirectamente a la Institución.
- En caso de subcontratación, los oferentes deberán presentar con su oferta el listado de todas las personas físicas o jurídicas a quienes pretende subcontratar para llevar a cabo servicios o trabajos especializados distintos al objeto principal de esta contratación. Deberá indicar los nombres, incluyendo su porcentaje de participación en el costo total de la oferta, y cada una de esas personas (físicas o jurídicas) deberán declarar bajo la fe de juramento que no les afectan las prohibiciones previstas en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento; asimismo, durante la ejecución del contrato, deberán acreditar encontrarse al día en el pago de sus cuotas obrero-patronales, en Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares e Instituto Nacional de Seguros. Además, si son personas jurídicas aportar con la oferta certificación de personería y capital social con máximo un mes de emisión. La empresa deberá presentar al Administrador del contrato de manera formal, escrita y digital copia del contrato con la empresa que subcontrata, cuando así sea solicitado por la Administración.
El oferente sólo podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado.
En caso de que en la fase de ejecución se pretenda modificar el listado de subcontratistas, el contratista deberá solicitar formalmente a la Administración -con una antelación de al menos 8 días hábiles- su autorización y deberá presentar el nombre y cédula jurídica del (de los) nuevo(s) subcontratista(s), certificación de personería jurídica y capital social vigente (15 días naturales para las certificaciones digitales), declaración jurada suscrita por quien tengas facultades suficientes para ello por parte del subcontratista de que no le afectan las prohibiciones establecidas en los artículos 28 y 29 de la LGCP; el (los) nuevo(s) subcontratista(s) deberá(n) encontrarse inscrito(s) y al día con sus obligaciones tributarias ante el Ministerio de Hacienda, así como con las obligaciones obrero-patronales ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), el FODESAF y el INS.
Cuando el Contratista requiera subcontratar algún servicio, deberá garantizar a la Administración las mismas condiciones de seguridad, calidad y garantía que él ofrece y asumir toda la responsabilidad por daños o afectaciones aun y cuando pretenda trasladarla a terceros.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. De presentarse algún atraso en la entrega de los bienes, sean principales o accesorios, se penalizará al contratista por cada día hábil de atraso, con un 2%. sobre el monto total de cada entrega tardía realizada hasta un máximo del 25%, en ambos casos calculados, aplicándose lo dispuesto en los artículos 46 y 47 de la LGCP y Art. 116 y 117 RLGCP. El cobro de esta cláusula penal no aplica cuando el atraso obedeciere a causas no imputables al contratista, por razones de fuerza mayor, o por caso fortuito debidamente demostrado; siempre y cuando la justificación sea razonable y satisfactoria para la Administración. En el evento en que el monto por concepto de cláusula penal por atraso alcance el 25% (veinticinco por ciento) del importe total del servicio, en ese momento se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual, siendo éste un incumplimiento grave imputable al contratista y se procederá con el inicio del proceso de resolución del contrato con lo establecido en la Ley General de Administración Pública. El INCOFER se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no derivados del atraso en la entrega de los bienes y/o servicios, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa de la adjudicada, si el incumplimiento se da fuera del plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento. El INCOFER no gestionará el cobro de multas en caso de que el incumplimiento por parte del Contratista corresponda a casos fortuitos, fuerza mayor, ajenos al Contratista o por culpa de la Administración. Para que el Contratista pueda hacerse acreedor de esta excepción deberá entregar documentos probatorios que permitan sustentar el motivo del incumplimiento.
Documentos del cartel4
- Desglose del precio y Presupuesto Detallado ServiciosXLSX · 92 KB
- Pliego de condiciones - Reparación de tarjetas urgenciaPDF · 6,3 MB
- INCOFER-PE-OF-0799-2026 Aval presidenciaPDF · 307 KB
- Cronograma inicialPDF · 645 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jonathan Monge Alvarez
Comunicaciones
Jonathan Monge Alvarez
Comunicaciones
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 17/10/2026 05:54. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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