2026PX-000048-0000900001 · SICOP 20260801227
SUMINISTRO DE MÓDULO INTERFEROMETRIC POINT TARGET ANALYSIS (IPTA) DE GAMMA REMOTE SENSING LAT CON RENOVACIÓN DEL SOFTWARE GAMMA ISP DIFF Y GEO
Universidad de Costa Rica
Universidad de Costa Rica ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡23,6 millones y quedó en firme el 25/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡23,6 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
—
Quién ganóen firme 25/09/2026
- Barriles$46 921,20
Informe de recomendación de Yanori Lorena Ramirez Mora, 25/09/2026 · adjuntos: Razonabilidad de precios Módulo IPTA.pdf, Análisis legal Módulo IPTA GAMMA Barriles.pdf
Fechas clave
- Se publicó17/08/2026 08:11 · hace 55 días
- Límite para 18/08/2026 23:59 · hace 54 días
- Cierre de ofertas21/08/2026 10:00 · hace 51 días
- de ofertas21/08/2026 10:00 · hace 51 días
- publicado25/09/2026 12:21 · hace 16 días
- Adjudicación 25/09/2026 12:22 · hace 16 días
Nota de la institución. Conforme al plazo y medio de ley establecido (SICOP)
Contexto
- Universidad de Costa Rica adjudicó ₡22 659,3 millones en 928 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Licencia Gamma Isp/diff y Geo, Version 20251201, Vigencia Permanente1 c/u · ₡23 640 000,001 c/u₡23 640 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡20,1 millones – ₡23,6 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| BarrilesGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Proveedor único, ya todas los criterios fueron consensuados
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
II CONDICIONES INVARIABLES:
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1) Plazo de entrega: |
Máximo 5 días hábiles. |
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2) Lugar y medio de entrega: |
Escuela Centroamericana de Geología – Programa de Investigación Red Sismológica Nacional. Descargable, vía correo electrónico: redsismologica.ecg@ucr.ac.cr, previo acuerdo Dra. María Cristina Araya Rodríguez, teléfono de contacto: 2511-8145. |
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3) Garantía de funcionamiento: |
Vigencia de la licencia: Permanente, de acuerdo con su naturaleza:
3.1) La garantía comenzará a regir, una vez entregado e instalado el bien y emitido el respectivo recibido conforme por parte de la unidad usuaria de la Universidad de Costa Rica.
3.2) El oferente deberá especificar los beneficios de la garantía brindada y deberá especificar también las exclusiones. Las exclusiones que no queden explícitas en la oferta no serán válidas. |
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4) Vigencia de la oferta: |
mínimo 45 días hábiles, contados a partir de la fecha de apertura.
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|
5) Catálogos y/o Ficha Técnica: |
se debe aportar con la oferta, los catálogos, fichas técnicas, folletos, protocolos de uso o manejo que se requiera de la marca y modelo de los bienes adquiridos. |
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6) Certificado de Autorización para Distribución de Marca: |
el oferente debe aportar copia del certificado vigente que lo acredita como Distribuidor Exclusivo por parte del Fabricante, que asegure la efectiva “Garantía de Fábrica” del equipo ofrecido.
6.1) El fabricante debe indicar el conocimiento y experiencia en productos y servicios de la empresa adquiridos a través de certificaciones técnicas y comerciales, así como el grado de compromiso que existe con la empresa como distribuidor.
6.2) El oferente garantizará que los accesorios ofertados son nuevos y originales; nunca genéricos ni reconstruidos; aceptando así la responsabilidad de cualquier daño o mal funcionamiento del equipo por el no cumplimiento de ello. |
|
7) Forma de pago: |
El pago se realizará 30 días naturales posteriores al recibido conforme por parte del usuario final. 7.1) La factura debe presentarse en el tipo de moneda cotizado. En caso de tratarse de una moneda diferente al colón, el pago se realizará en colones costarricenses al tipo de cambio de venta del Banco Central de Costa Rica del día en que se efectúe el pago. 7.2) El proveedor debe indicar si posee una cuenta bancaria registrada ante la Oficina de Administración Financiera (OAF) de la Universidad de Costa Rica; en caso de no estar registrado, es requisito obligatorio la entrega con la oferta de una certificación emitida por el Banco que corresponda en la cual se indique el nombre del proveedor, número de cédula (física o jurídica), número de cuenta cliente o cuenta IBAN. |
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8) Cláusula Penal: |
Sobre el plazo pactado, se aplicará una multa del 1% (uno por ciento), por cada día de atraso, sobre valor de lo entregado tardíamente, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. |
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9) Exoneración de Impuestos Aduanales: |
No aplica |
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10) Presentación del Precio e Impuesto al Valor Agregado (2%) |
10.1) Los precios deberán ser ciertos y definitivos, sin perjuicio de eventuales reajustes o revisiones. En la cotización, el Oferente deberá indicar el presupuesto detallado de los componentes de la(s) partida(s), debiendo expresar el precio unitario y total. Asimismo, deberá detallar el monto de los impuestos, las tasas, sobretasas, aranceles de importación y del mercado local que los afecte. 10.2) De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de ley número 9635, denominada "Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas", publicada en el alcance número 202 del 04 de diciembre del 2018 del Diario Oficial La Gaceta, del 4 de diciembre del 2018, las entidades públicas no están exoneradas al pago del Impuesto al Valor agregado, siendo que, la Universidad de Costa Rica se encuentra sujeta al pago del IVA con una tarifa reducida del 2% para las compras de bienes y servicios. 10.3) Establecido lo anterior, será responsabilidad del oferente incluir en su propuesta el monto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a efectos de que la Administración pueda dimensionar el alcance del impuesto durante las fases de adjudicación y/o ejecución contractual y descontar el pago de dicho impuesto cuando este no resulte elegible y estuviera claramente detallado en la oferta del adjudicatario. 10.4) En caso de que no se consigne claramente el monto y/o porcentaje del IVA en la oferta, la Administración presumirá su inclusión en el monto cotizado, de conformidad con lo estipulado por ley y a falta de indicación o detalle, podrá realizar el rebajo porcentual de ese tributo cuando resulte procedente para la adjudicación o el pago. 10.5) El precio total cotizado deberá presentarse en números y en letras coincidentes. En caso de divergencia entre ambas formas prevalecerá la consignada en letras. |
Nota: Para todos los efectos las especificaciones técnicas válidas son las detalladas en este documento
11) Sin excepción, se debe indicar marca, modelo, código y/o número de parte de los bienes ofertados.
12) Precio: El oferente debe cotizar de acuerdo con el detalle del formulario SICOP.
12.1) Estructura del precio: El oferente deberá desglosar los componentes de la línea según lo definido en este pliego de condiciones e indicar en la sección [Información de bienes servicios u obras] el desglose de la estructura del precio (tanto en valores absolutos como porcentuales), con todos los elementos que lo componen, así como un desglose del monto y naturaleza de los impuestos, las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que les afecte.
12.2) Razonabilidad del precio (Bandas límites del precio): El estudio o sondeo de mercado tiene como fin establecer la existencia de bienes, obras o servicios, en la cantidad, calidad y oportunidad requeridas, así como verificar la existencia de proveedores, permitir la toma de decisiones informadas respecto del procedimiento de contratación y proporcionar información para la determinación de disponibilidad presupuestaria. (Ley General de la Administración Pública 9986, ARTÍCULO 34 y 85 de su reglamento).
Conforme a lo establecido en el Sondeo de Mercado aportado por el Área de Planificación Logística de la Oficina de Suministros, se asigna como bandas límite los precios establecidos por el proveedor con representación nacional por parte de la empresa fabricante GAMMA Remote Sensing Research and Consulting AG.
Precio Promedio (PP): $45.901,20
Precio ruinoso: (PP-20%): $36.720,96
Precio excesivo (PP+20%): $55.081,44
Cálculo del valor de referencia: con base en los datos recopilados se calcula un promedio simple y se aplica un +/-20% para establecer un rango de tolerancia en los precios de la oferta recibida.
12.3) ÍNDICES DE PRECIOS UTILIZABLES:
a) De conformidad con el Capítulo II del Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios (artículos del 8 al 14), los oferentes deberán aportar el detalle de los índices de precios representativos para cada uno de los elementos de la estructura previamente aportada, con los siguientes parámetros:
- El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
- Ente público competente que divulga el índice
- El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en donde se accede a la información aportada.
- Para los índices de precios en moneda extranjera:
- El país de origen y unidad monetaria de los costos.
- El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios oficial de los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
- La periodicidad con que se determina el valor de cada índice, d) el ente competente que publica el índice.
- El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice, en donde se accede a la información aportada.
Importante: para lo anterior los oferentes deberán presentar una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada.
b) INEXISTENCIA DE ÍNDICES:
En caso de no existir un índice oficial aplicable para determinado costo, se utilizará el método analítico-documental, con base en comprobantes fehacientes, tal como lo autoriza el artículo 14 del citado Decreto.
c) NO OBJECIÓN:
De conformidad con el artículo 7 y 17 Reglamento de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios los actos de no objeción serán emitidos de la siguiente forma:
▪ Sobre la pertinencia de los índices aportados en la oferta la emitirá el analista del procedimiento.
▪ La no objeción para el cronograma la emitirá el usuario técnico.
▪ La Unidad de Ejecución Contractual será la encargada de la aplicación de los Reajustes y Revisiones de precios, así como la aplicación del método analítico, cuando se requiera.
NOTA IMPORTANTE: En caso de que el oferente no presente los índices requeridos, o que los aportados resulten incorrectos o insuficientes, la Administración podrá solicitar la subsanación correspondiente. La falta de presentación o corrección de dichos índices no constituirá, por sí sola, causal de exclusión de la oferta, al considerarse un aspecto de índole contractual y no un elemento sustancial para la valoración de admisibilidad en esta etapa del procedimiento. No obstante, el adjudicatario deberá aportarlos obligatoriamente, de forma correcta y completa, previo a la confección del contrato.
12.4) FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
Una vez declarada la firmeza del acto, se procederá a solicitar el desglose detallado de la estructura del precio y los índices que le afectan, una vez evaluados y emitida la NO OBJECIÓN se elaborará el contrato el cual será notificado vía SICOP.
13) DECLARACIONES JURADAS:
13.1) Registro actualizado en SICOP: que declara bajo juramento que la información aportada en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas (SICOP), se encuentra actualizada, según lo estipulado en el art. 33 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Leer detenidamente y aportar los documentos que se indiquen en los apartados denominados en la Plataforma SICOP como “DECLARACIONES y CONDICIONES GENERALES”.
13.2) Las Declaraciones Juradas solicitadas, de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 32 de su Reglamento, deberán estar debidamente incorporadas y actualizadas en el Registro de Proveedores con anterioridad a la apertura de las ofertas. En caso contrario, la oferta será excluida, sin posibilidad de subsanación de este aspecto.
13.3) En el aparte SICOP denominado “Condiciones y Declaraciones”, el oferente deberá aprobar mediante el “check” ahí solicitado; siendo debidamente apercibido de las penas que establece la legislación penal costarricense para el delito de falso testimonio y las responsabilidades civiles que pueden derivar el acto de declarar bajo fe de juramento, lo siguiente:
13.4) Que declara cumplir en todo momento con las disposiciones anticorrupción y de buenas prácticas comerciales según lo define el art. 24 inciso c), inciso i) ii), iii) iv) v), vi), del del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
13.5) Que declara mantenerse al día con sus compromisos tributarios desde la apertura de ofertas, hasta la generación del contrato y su ejecución, a saber:
13.6) Impuestos Nacionales: estar al día con las obligaciones obrero-patronales de la CCSS, FODESAF y, MINISTERIO DE HACIENDA (Artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios / Gestión de trámites estatales) y PERSONA JURÍDICA según Ley N° 9428 del Impuesto a las Sociedades.
Nota: de existir alguna morosidad, el oferente deberá poner al día la situación o por consiguiente aportar el correspondiente arreglo de pago que deberá estar vigente en todas las etapas del concurso como de su ejecución. La Universidad de Costa Rica, se reserva el derecho de verificación de esta información en cualquiera de las etapas relacionadas.
13.7) El oferente deberá aportar con la oferta, Declaración Jurada en función del Artículo 32, inciso c, numeral vi del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (Decreto N° 43433-H “Adición al artículo 65 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa Decreto Ejecutivo 33411-H de 27 de setiembre de 2006”, publicado en Alcance N° 47 a la Gaceta N° 43, en fecha 4 de marzo del 2022), el cual indica:
a) Tratándose de personal jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de la naturaleza, distribución y propiedad de las acciones que contenta la cédula jurídica de los accionistas, según corresponda.
b) Información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el (los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
c) En los casos de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas.
d) El oferente deberá rendir las declaraciones juradas requeridas a través de la plataforma SICOP, así como las indicadas en la presente plica, las cuales se entenderán efectuadas bajo el apercibimiento de las sanciones con las que el Código Penal castiga los delitos de Perjurio y Falso Testimonio.
e) Toda declaración jurada y/o aporte de documento comprobatorio que no aplique por la naturaleza del bien o de la razón social, deberá ser justificada su no procedencia con la oferta. La información será valorada legalmente por la Administración para su aceptación o no.
14) APORTE DE COPIAS DE PATENTE, PAGO IMPUESTOS MUNICIPALES y PERMISO DE FUNCIONAMIENTO:
En acuerdo al Código Municipal en su Artículo 88, a la Ley General de Salud y el Reglamento para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento otorgados por el Ministerio de Salud para establecimientos industriales, comerciales y de servicios para la operación en el territorio nacional, según sea la actividad, el oferente deberá aportar con la oferta:
14.1) Copia de la patente domiciliada o comercial al día.
14.2) Copia del comprobante de pago de los impuestos municipales al día (tiquete / voucher) o su respectivo arreglo de pago en caso de mora.
14.3) Copia del Permiso de Funcionamiento Sanitario vigente del Ministerio de Salud en conformidad con el artículo #79 del código municipal donde indica que toda empresa que realice una actividad lucrativa debe de contar con la misma.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Las especificaciones técnicas y condiciones válidas que integran el presente pliego de condiciones son tanto las descritas en el presente documento, como las referidas en el formulario de la plataforma SICOP
PARTIDA 1: Suministro de Módulo IPTA (Interferometric Point Target Analysis).
CANTIDAD: 1 UD.
Deberá incluir:
- La renovación de software GAMMA ISP/DIFF&GEO LICENCIA GAMMA ISP/DIFF Y GEO, VERSION 2026-070.
- Deberá permitir el procesamiento de series de tiempo interferométricas (PSI/SBAS).
- Detección precisa de pixeles persistentes.
- Estimación de tasas de deformación del terreno con control total sobre los parámetros interferométricos.
- Deberá ser 100 % compatible con los módulos ISP/DIFF&GEO de GAMMA con los que ya cuenta la unidad usuaria.
- Servicio de mantenimiento mínimo de 1 año con soporte técnico del fabricante sin costo adicional.
- Actualizaciones del software durante el período de mantenimiento contratado.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
III. CONDICIONES GENERALES:
- La oferta y los documentos de respaldo deberán presentarse en español. De estar en otro idioma, se aportará su respectiva traducción libre, la cual será responsabilidad total del oferente. Deberá ser presentada de manera ordenada y completa.
- En caso de requerirlo, la Universidad de Costa Rica se reserva el derecho de adjudicar parcialmente o aumentar las cantidades de los bienes, si así lo requiere, esto según lo dispuesto en el Artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
a) La oferta deberá ser presentada en idioma español, de manera ordenada y completa.
b) En caso de aportar documentos en otro idioma que formen parte de la oferta o complementarios a ésta, deberán contar con la traducción libre al idioma español, la cual será responsabilidad total del oferente. La Institución se reserva el derecho de solicitar al oferente la traducción oficial al idioma español cuando lo considere necesario.
c) La Universidad de Costa Rica se reserva el derecho de adjudicar parcialmente o aumentar las cantidades de los bienes, si así lo requiere.
d) El contratista debe asumir la carga, descarga y colocación de los bienes dentro del lugar de entrega indicado, tanto durante la entrega como en caso de una eventual devolución o retiro de los bienes adquiridos.
e) La Institución se reserva el derecho de rechazar al momento de la recepción, aquellos bienes que no cumplan con los requisitos de calidad, presentación y condiciones técnicas; siendo obligación del proveedor reponer el bien en un plazo no mayor a 24 horas posteriores a la comunicación de dicha condición.
f) Todo bien debe estar embalado en su caja original de fábrica donde se indique el lugar de origen, fabricante, garantía de fábrica, catálogo de uso y cuidados.
g) La oferta deberá suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis para efectos de adjudicación. A razón de lo anterior, el oferente estará obligado a describir de forma completa y precisa las condiciones propias del servicio, que se compromete a brindar.
h) En su plica, el oferente deberá indicar claramente las especificaciones técnicas que mejor describan el servicio ofertado; esto para garantizar que se cumpla lo señalado en el artículo 32, incisos c), d) y e), artículo 34, incisos b) y d), de La Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Número 7472).
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Sobre el plazo pactado, se aplicará una multa del 1% (uno por ciento), por cada día de atraso, sobre valor de lo entregado tardíamente, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato.
Documentos del cartel3
- Cláusula penalPDF · 143 KB
- Estudio de MercadoPDF · 840 KB
- Pliego de condicionesPDF · 584 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Antonio Francisco Marin Gonzalez
UNIDAD DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN
Randall Gerardo Porras Picado
Unidad de Ejecución Contractual
Eimy Vargas Aguilar
Escuela Centroamericana de Geología
Yanori Lorena Ramirez Mora
Encargado del concurso · Unidad de Adquisiciones
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 27/09/2026 07:56. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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